Antes de hablar acerca del apoderamiento apud acta, debemos dejar claros otros conceptos como qué es un apoderamiento o a quién se le otorga ese poder.
Un apoderamiento consiste en otorgar o conceder un poder a otra personas. En este caso, a un procurador, el cual te representará en un procedimiento judicial. Según el artículo 24 de la LECRIM, dicha representación se otorga ante notario o por comparecencia ante el secretario judicial. Además, dicho apoderamiento puede ser de dos tipos:
- Para pleitos. Se realiza ante notario y tiene un coste de entre unos 50 y 70 euros. La ventaja de este poder es que se puede utilizar para cualquier tipo de instancia y procedimientos.
- Poder o apoderamiento apud acta. Se realiza ante el Letrado de la Administración de Justicia y se otorga para un único procedimiento judicial.
Por tanto, con el poder para pleitos tendrás un apoderamiento para cualquier tipo de instancia, y el apoderamiento apud acta solo sirve para el proceso judicial para el que se otorga.
¿Qué es el apoderamiento apud acta?
El apoderamiento apud acta otorga a un procurador de tu confianza la autoridad para que te represente en un procedimiento judicial. Este tipo de poder se realiza ante el secretario judicial y es gratuito.
¿Qué es un procurador?
Este profesional del derecho se encarga de representar a su cliente mediante un poder ante los juzgados y tribunales. Es quien se encarga de los actos de comunicación procesales: emplazamientos, notificaciones, requerimientos, citaciones…
Su función principal mediante un poder apud acta, dentro de un proceso judicial, es la de representar a una de las partes ante los tribunales o juzgados competentes. Estos tienen la capacidad, formación y permisividad para anteponer los intereses de su cliente y contribuir al desarrollo del proceso.
Diferencia entre un abogado y un procurador
El abogado realiza la dirección técnica del procedimiento en sí mismo. Dicho de otro modo, es quien te defiende; pero el procurador se encarga de representar a la parte durante el procedimiento.
Además, el abogado solo se centra en la preparación y defensa durante el juicio, pero el procurador también se encarga de las notificaciones y la documentación.
¿En qué casos necesitas un procurador?
Por norma, para actuar en los tribunales y juzgados se cuenta con un procurador, pero hay una serie de excepciones:
- En el Orden Civil en los siguientes supuestos:
- Juicios verbales cuya cuantía no supere los 2000 €.
- Juicios relacionados con la impugnación de resoluciones de solicitud de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Juicios Universales cuando se limite la comparecencia a la presentación de títulos de crédito o derechos, y también para concurrir a Juntas.
- En el Orden Penal se atiende al artículo 784.1 de la LECRIM. En él se establece que no se necesita la intervención de un procurador hasta que no se aperture el juicio oral. Además, en caso de no ejercer ese derecho, se te designa uno de oficio.
- En el Orden Laboral no es obligatorio contar con un procurador, aunque desde MDR abogados siempre recomendamos acudir con uno ante cualquier procedimiento.
- En el Orden Contencioso-Administrativo la presencia de un procurador depende del órgano al que se dirija la acción. Así, no es necesario ante un órgano unipersonal (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo), pero sí ante un órgano colegiado (Tribunal Superior de Justicia o Audiencia Nacional).
¿Cómo se otorga un apoderamiento apud acta?
Hay dos maneras de realizar un apoderamiento apud acta, en tu localidad de residencia o en otra. Vamos a verlo con detenimiento:
Comparecencia personal ante el Secretario Judicial
Para ello, debes acudir, acompañado de tu abogado o procurador, al juzgado en el que se ha iniciado tu procedimiento. Aunque también puedes hacerlo sin compañía.
Una vez allí, hay que dirigirse a un funcionario que esté disponible e indicarle que quieres realizar un apoderamiento apud acta a favor de tu procurador con el número del procedimiento judicial. El funcionario preparará el escrito y tendrás que firmar para finalizar el proceso. Luego, te entregará una copia del mismo.
Apoderamiento apud acta por comparecencia a través de la Sede Judicial Electrónica
Esta vía es algo más compleja que la anterior, ya que necesitarás tu certificado digital, la clave PIN o tener activado el DNI electrónico. Realiza los siguientes pasos:
- Date de alta en la Sede Judicial Electrónica.
- Escoge la opción apoderamiento apud acta.
- Completa el formulario con los datos del apoderamiento.
- Una vez rellenado el formulario, envía el apoderamiento.
- Recibirás un justificante de la inscripción del apoderamiento.
Ventajas e inconvenientes de un apoderamiento apud acta
La principal ventaja es que no lleva aparejado ningún tipo de coste. Por otro lado, el inconveniente es que, si no se concretan las facultades que se otorgan, se le conceden las más amplias que se recojan en la legislación.
Dicho de otro modo, un apoderamiento apud acta le permite al procurador llegar a un acuerdo sin tu consentimiento o cobrar cualquier tipo de deuda o indemnización que estés reclamando.
Obviamente, esto no es un problema, pues los procuradores siguen las instrucciones de los abogados. Además, las deslealtades derivadas de un apoderamiento apud acta no son habituales. No obstante, contacta con nosotros para resolver cualquier tipo de duda.